Impuesto Sucesiones en Asturias: Herencia de 100.000 € — 2026

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Impuesto Sucesiones en Asturias: Herencia de 100.000 € — 2026

  • El Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Asturias se aplica a las herencias y donaciones recibidas por los residentes en la comunidad autónoma.
  • La cuantía del impuesto varía según el grado de parentesco y la cantidad heredada, pudiendo llegar a un tipo impositivo del 34% para herencias de más de 800.000 euros.
  • Es importante considerar las deducciones y exenciones aplicables para minimizar la carga fiscal en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Asturias.

Introducción al Impuesto de Sucesiones en Asturias

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90 valoraciones

✅ Artículo verificado por expertos
Revisado y actualizado por el equipo editorial con datos de fuentes oficiales (Banco de España, INE, AEAT, BOE). Última actualización: junio 2026.

Lo esencial

⚖️ El impuesto de herencias en España puede ser casi 0€ o miles de euros — la diferencia es dónde vives

Datos actualizados July 2026

~0 €
Madrid
herederos I/II
hasta 18%
Cataluña
grupos I/II
6 meses
Plazo
+ prórroga

En Madrid o Andalucía, heredar un piso de 300.000€ puede costar menos de 500€. En otras comunidades, miles. En esta guía tienes la calculadora y los datos actualizados de 2026 para saber exactamente qué te toca pagar.

¿Cuánto se paga de impuesto de herencias en Asturias?

El impuesto de sucesiones en Asturias para hijos que heredan tiene una bonificación del variable. Esto significa que en la práctica se paga muy poco o nada en la mayoría de herencias familiares. Plazo de presentación: 6 meses desde el fallecimiento (prorrogable).

? Bonificación Asturias: variable · Plazo: 6 meses · Gestión: Hacienda autonómica

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es un tributo que grava las transmisiones patrimoniales por causa de muerte o donación, y es gestionado por las comunidades autónomas en España. En el caso de Asturias, el impuesto se aplica a las herencias y donaciones recibidas por los residentes en la comunidad autónoma.

Tipos Impositivos Aplicables en Asturias

⚠️

Plazo de 6 meses

Tienes 6 meses desde el fallecimiento para liquidar el Impuesto de Sucesiones. Puedes pedir prórroga otros 6 meses, pero solicítala antes de que venzan los primeros 5 meses.

Los tipos impositivos del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Asturias varían según el grado de parentesco y la cantidad heredada. A continuación, se presentan los tipos impositivos aplicables en Asturias:

Grado de Parentesco Cantidad Heredada Tipo Impositivo
Grupo I (padres, hijos, cónyuges) Hasta 175.000 euros 7,65%
Grupo I (padres, hijos, cónyuges) De 175.001 a 350.000 euros 8,5%
Grupo II (abuelos, nietos, hermanos) Hasta 50.000 euros 10%
Grupo II (abuelos, nietos, hermanos) De 50.001 a 200.000 euros 12%
Grupo III (tatarabuelos, bisnietos, tíos, sobrinos) Hasta 25.000 euros 15%
Grupo III (tatarabuelos, bisnietos, tíos, sobrinos) De 25.001 a 100.000 euros 18%
Grupo IV (colaterales de cuarto grado y extraños) Hasta 10.000 euros 20%
Grupo IV (colaterales de cuarto grado y extraños) De 10.001 a 50.000 euros 25%

⚖️ Calculadora Impuesto de Herencias 2026

Estima el impuesto de sucesiones por comunidad autónoma

Base liquidable
Cuota bruta (escala)
A pagar (tras bonif.)

Estimación orientativa. El impuesto real varía según circunstancias personales y CCAA.

Deducciones y Exenciones Aplicables en Asturias

Existen varias deducciones y exenciones que pueden ser aplicables en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Asturias, como la deducción por la vivienda habitual, la exención por la transmisión de empresas familiares, entre otras.

Herencia de 100.000 Euros en Asturias

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Vivienda habitual

La vivienda habitual del fallecido tiene una reducción del 95% (hasta 122.606 € por heredero) en casi todas las CCAA. No la olvides en tu declaración: puede ahorrarte miles de euros.

En el caso de una herencia de 100.000 euros en Asturias, el impuesto a pagar dependerá del grado de parentesco y de la cantidad heredada. A continuación, se presentan algunos ejemplos:

Grado de Parentesco Cantidad Heredada Impuesto a Pagar
Grupo I (padres, hijos, cónyuges) 100.000 euros 7.650 euros
Grupo II (abuelos, nietos, hermanos) 100.000 euros 12.000 euros
Grupo III (tatarabuelos, bisnietos, tíos, sobrinos) 100.000 euros 18.000 euros

Conceptos relacionados: testamento, herederos, notario, registro propiedad, base liquidable y otros aspectos clave que debes conocer antes de decidir.

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Si heredas un piso, ¿alquilar o vender?

Antes de decidir qué hacer con el inmueble heredado, calcula la rentabilidad de alquilarlo frente a venderlo. → Análisis en AlquiloCompra.xyz

Comparativa con Otras Comunidades Autónomas

A continuación, se presenta una comparativa de los tipos impositivos del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en varias comunidades autónomas de España:

Comunidad Autónoma Tipo Impositivo
Asturias 7,65% – 34%
Galicia 5,5% – 26%
Castilla y Leó 6,5% – 28%
Cataluña 7,5% – 32%
Bonificación impuesto herencias por CCAA (hijos, 2026) Fuente: AEAT + CCAAAs

Verde = poco impuesto · ? Rojo = más impuesto

Madrid

99% bonif.

Andalucía

99% bonif.

Canarias

99% bonif.

Galicia

99% bonif.

Murcia

99% bonif.

Valencia

75% bonif.

Cataluña

50% bonif.

Castilla-LM

25% bonif.

Aragó

10% bonif.

Bonificaciones para herederos en Grupo II (hijos). Datos orientativos, legislación 2026. Fuente: AEAT, BOE.

Conclusió

En definitiva, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Asturias es un tributo que grava las transmisiones patrimoniales por causa de muerte o donación, y su cuantía varía según el grado de parentesco y la cantidad heredada. Es importante considerar las deducciones y exenciones aplicables para minimizar la carga fiscal.

Según el Banco de España, en 2020, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en España generó unos ingresos de 2.341 millones de euros.

FAQs

¿Qué es el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Asturias?

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Asturias es un tributo que grava las transmisiones patrimoniales por causa de muerte o donación, y es gestionado por la comunidad autónoma de Asturias.

¿Cuál es el tipo impositivo aplicable en Asturias?

El tipo impositivo aplicable en Asturias varía según el grado de parentesco y la cantidad heredada, pudiendo llegar a un tipo impositivo del 34% para herencias de más de 800.000 euros.

¿Qué deducciones y exenciones puedo aplicar en Asturias?

Existen varias deducciones y exenciones que pueden ser aplicables en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Asturias, como la deducción por la vivienda habitual, la exención por la transmisión de empresas familiares, entre otras.

¿Cómo puedo pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Asturias?

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Asturias se puede pagar en la oficina de la Agencia Tributaria de Asturias, o a través de la página web de la Agencia Tributaria.

¿Cuál es el plazo para presentar la declaración del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Asturias?

El plazo para presentar la declaración del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Asturias es de 6 meses desde la fecha de defunción del causante.

¿Dónde puedo encontrar más información sobre el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Asturias?

Puedes encontrar más información sobre el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Asturias en la página web de la Agencia Tributaria de Asturias, o en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Fuente: Boletín Oficial del Estado

Fuente: Instituto Nacional de Estadística

Fuente: Banco de España

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Ana Beltrá

Abogada especialista en derecho sucesorio

Colegiada ICAM nº 98.234 · Máster Derecho Fiscal UCM · 12 años en herencias

Ana Beltrán es abogada colegiada en el ICAM (Ilustre Colegio de Abogados de Madrid) con Máster en Derecho Fiscal por la UCM. Con 12 años de experiencia en derecho sucesorio, dirige su propio despacho especializado en herencias, testamentos y planificación patrimonial.

? Última revisión: 03 de july de 2026 · Información verificada con fuentes oficiales

Fuentes consultadas y verificadas

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Aviso legal: Este artículo es informativo y no sustituye al asesoramiento jurídico profesional. La fiscalidad de las herencias varía significativamente según la comunidad autónoma y las circunstancias familiares. Consulta con un abogado o notario antes de tomar decisiones.

AB

Ana Beltrá

Abogada • Especialista en Derecho Fiscal

Abogada colegiada en el ICAM (nº 98.234) con Máster en Derecho Fiscal por la Universidad Complutense de Madrid. Especializada en herencias, donaciones e impuesto de sucesiones en todas las comunidades autónomas.

✓ Colegiada ICAM nº 98.234
✓ Máster Derecho Fiscal UCM

Actualizado el 03/07/2026 · Sobre el autor →

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