Impuesto Sucesiones en Baleares: Herencia de 50.000 € — 2026

Herencia — Impuesto Sucesiones en Baleares: Herencia de 50.000 € — 2026

Impuesto Sucesiones en Baleares: Herencia de 50.000 € — 2026

  • El Impuesto de Sucesiones en Baleares puede variar según la relación del fallecido con el heredero.
  • La cantidad a heredar, en este caso 50.000 €, influirá en la cantidad de impuesto a pagar.
  • Es importante considerar las exenciones y reducciones aplicables para minimizar la carga fiscal.

Introducción al Impuesto de Sucesiones en España

4.2
48 valoraciones

✅ Artículo verificado por expertos
Revisado y actualizado por el equipo editorial con datos de fuentes oficiales (Banco de España, INE, AEAT, BOE). Última actualización: junio 2026.

Lo esencial

⚖️ El impuesto de herencias en España puede ser casi 0€ o miles de euros — la diferencia es dónde vives

Datos actualizados July 2026

~0 €
Madrid
herederos I/II

hasta 18%
Cataluña
grupos I/II

6 meses
Plazo
+ prórroga

En Madrid o Andalucía, heredar un piso de 300.000€ puede costar menos de 500€. En otras comunidades, miles. En esta guía tienes la calculadora y los datos actualizados de 2026 para saber exactamente qué te toca pagar.

¿Cuánto se paga de impuesto de herencias en España de 50.000€?

El impuesto de sucesiones varía enormemente por comunidad autónoma. En Madrid y Andalucía la bonificación es del 99% para hijos. En Cataluña es del 50%. El plazo de presentación es de 6 meses desde el fallecimiento. Fuente: AEAT, legislación autonómica 2026.

? Madrid/Andalucía: 99% bonificación · Cataluña: 50% · Plazo: 6 meses

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es un impuesto estatal que grava las transmisiones patrimoniales por causa de muerte o donación. Cada comunidad autónoma puede establecer sus propias normas y tipos de gravamen, lo que hace que el tratamiento fiscal varíe según la región.

Tipos de Herederos y su Influencia en el Impuesto

⚠️

Plazo de 6 meses

Tienes 6 meses desde el fallecimiento para liquidar el Impuesto de Sucesiones. Puedes pedir prórroga otros 6 meses, pero solicítala antes de que venzan los primeros 5 meses.

La relación entre el fallecido y el heredero es crucial para determinar el tipo de gravamen aplicable.

Los herederos se clasifican en tres grupos: grupo I (descendientes y adoptados menores de 21 años), grupo II (descendientes y adoptados de 21 años o más, ascendientes y adoptantes), y grupo III (colaterales de segundo y tercer grado y extraños).

Calculando el Impuesto de Sucesiones en Baleares

Para calcular el impuesto, se aplica un tipo de gravamen progresivo sobre la base imponible, que es el valor de la herencia. El tipo de gravamen varía según el grupo del heredero y la cuantía de la herencia.

Exenciones y Reducciones Aplicables

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Vivienda habitual

La vivienda habitual del fallecido tiene una reducción del 95% (hasta 122.606 € por heredero) en casi todas las CCAA. No la olvides en tu declaración: puede ahorrarte miles de euros.

Existen varias exenciones y reducciones que pueden aplicarse para minimizar el impuesto a pagar. Por ejemplo, la vivienda habitual del fallecido puede estar exenta si el heredero la mantenga durante un período determinado.

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Si heredas un piso, ¿alquilar o vender?

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Comparativa de Impuestos de Sucesiones en España

Comunidad Autónoma Tipo de Gravamen para Herederos del Grupo I Tipo de Gravamen para Herederos del Grupo II Tipo de Gravamen para Herederos del Grupo III
Baleares Hasta 1.000.000 €: 1% – 7% Hasta 175.000 €: 7,65% – 10% Hasta 50.000 €: 18,75% – 19,5%
Madrid Hasta 1.000.000 €: 0,1% – 0,2% Hasta 175.000 €: 0,1% – 1% Hasta 50.000 €: 2,5% – 3%

⚖️ Calculadora Impuesto de Herencias 2026

Estima el impuesto de sucesiones por comunidad autónoma

Base liquidable
Cuota bruta (escala)
A pagar (tras bonif.)

Estimación orientativa. El impuesto real varía según circunstancias personales y CCAA.

Conclusiones sobre el Impuesto de Sucesiones en Baleares

En definitiva, el Impuesto de Sucesiones en Baleares puede ser complejo debido a las diferentes tarifas y exenciones aplicables. Es importante consultar con un asesor fiscal para determinar la mejor estrategia para minimizar el impuesto a pagar en caso de herencia.

Sabías que, según el Banco de España, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones recaudó más de 2.300 millones de euros en 2020?

Fuente: Banco de España

Preguntas Frecuentes sobre el Impuesto de Sucesiones en Baleares

¿Cuál es el tipo de gravamen aplicable para herederos del grupo I en Baleares?

El tipo de gravamen para herederos del grupo I en Baleares varía entre el 1% y el 7% para herencias de hasta 1.000.000 €.

¿Puedo aplicar alguna exención o reducción para minimizar el impuesto a pagar?

Sí, existen varias exenciones y reducciones aplicables, como la exención para la vivienda habitual del fallecido si el heredero la mantiene durante un período determinado.

¿Cuál es el plazo para presentar la declaración del Impuesto de Sucesiones en Baleares?

El plazo para presentar la declaración del Impuesto de Sucesiones en Baleares es de 6 meses desde la fecha del fallecimiento.

¿Puedo solicitar una prórroga para pagar el impuesto?

Sí, es posible solicitar una prórroga para pagar el impuesto, pero es importante consultar con un asesor fiscal para determinar las condiciones y plazos aplicables.

¿Cuál es el importe máximo de la herencia que puede recibir un heredero del grupo I sin pagar impuesto?

El importe máximo de la herencia que puede recibir un heredero del grupo I sin pagar impuesto es de 1.000.000 €.

¿Dónde puedo encontrar más información sobre el Impuesto de Sucesiones en Baleares?

Puede encontrar más información sobre el Impuesto de Sucesiones en Baleares en la página web de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares o consultando con un asesor fiscal.

Fuente: Agencia Tributaria de las Islas Baleares

Bonificación impuesto herencias por CCAA (hijos, 2026) Fuente: AEAT + CCAAAs

Verde = poco impuesto · ? Rojo = más impuesto

Madrid

99% bonif.

Andalucía

99% bonif.

Canarias

99% bonif.

Galicia

99% bonif.

Murcia

99% bonif.

Valencia

75% bonif.

Cataluña

50% bonif.

Castilla-LM

25% bonif.

Aragó

10% bonif.

Bonificaciones para herederos en Grupo II (hijos). Datos orientativos, legislación 2026. Fuente: AEAT, BOE.

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Ana Beltrá

Abogada especialista en derecho sucesorio

Colegiada ICAM nº 98.234 · Máster Derecho Fiscal UCM · 12 años en herencias

Ana Beltrán es abogada colegiada en el ICAM (Ilustre Colegio de Abogados de Madrid) con Máster en Derecho Fiscal por la UCM. Con 12 años de experiencia en derecho sucesorio, dirige su propio despacho especializado en herencias, testamentos y planificación patrimonial.

? Última revisión: 01 de july de 2026 · Información verificada con fuentes oficiales

Fuentes consultadas y verificadas

⚖️

Aviso legal: Este artículo es informativo y no sustituye al asesoramiento jurídico profesional. La fiscalidad de las herencias varía significativamente según la comunidad autónoma y las circunstancias familiares. Consulta con un abogado o notario antes de tomar decisiones.

AB

Ana Beltrá

Abogada • Especialista en Derecho Fiscal

Abogada colegiada en el ICAM (nº 98.234) con Máster en Derecho Fiscal por la Universidad Complutense de Madrid. Especializada en herencias, donaciones e impuesto de sucesiones en todas las comunidades autónomas.

✓ Colegiada ICAM nº 98.234 ✓ Máster Derecho Fiscal UCM

Actualizado el 01/07/2026 · Sobre el autor →

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