Impuesto Sucesiones en Aragón: Herencia de 75.000 € — 2026

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Resumen: herencia de 75.000 € en Aragón (2026)

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  • Herencia bruta: 75.000 €
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  • Tipo efectivo estimado: 3.0%
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  • Impuesto aproximado: 2.250 €
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  • Herencia neta: 72.750 €
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  • bonificación del 65% para descendientes con patrimonio hasta 3M€
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Heredar 75.000 € en Aragón en 2026 implica pagar aproximadamente 2.250 € en concepto de Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD), asumiendo que eres heredero directo (hijo o cónyuge). Recibirías de forma neta unos 72.750 €.

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En Aragón, la normativa autonómica establece que bonificación del 65% para descendientes con patrimonio hasta 3m€. Es importante consultar con un asesor fiscal porque el impuesto exacto depende del grado de parentesco, el patrimonio preexistente del heredero y las posibles reducciones aplicables.

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Comparativa por comunidad autónoma: herencia de 75.000 €

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Comunidad Tipo efectivo Impuesto estimado
Andalucía 0.0% 0 €
Canarias 0.4% 300 €
Madrid 1.0% 750 €
Murcia 1.0% 750 €
Galicia 2.0% 1.500 €
La Rioja 2.0% 1.500 €
Aragón 3.0% 2.250 € ← estás aquí
Cantabria 3.0% 2.250 €
Castilla y León 3.0% 2.250 €
Navarra 3.0% 2.250 €
País Vasco 4.0% 3.000 €
Asturias 5.0% 3.750 €
Castilla-La Mancha 5.0% 3.750 €
Baleares 7.0% 5.250 €
Extremadura 7.0% 5.250 €
Valencia 8.0% 6.000 €
Cataluña 12.0% 9.000 €

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Pasos para liquidar el impuesto en Aragó

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  1. Inventario de bienes: Tasación de inmuebles, saldos bancarios, vehículos y otros activos del fallecido
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  3. Declaración: Presentar el modelo 660/650 ante la Agencia Tributaria de Aragón en el plazo de 6 meses desde el fallecimiento (prorrogable otros 6)
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  5. Aplicar reducciones: Por parentesco, vivienda habitual, empresa familiar, seguro de vida, etc.
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  7. Pago o aplazamiento: Se puede pagar a plazos o solicitar aplazamiento si hay inmuebles difíciles de liquidar
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Preguntas frecuentes

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¿Tengo que pagar el impuesto aunque no quiera la herencia?

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Si renuncias a la herencia, no pagas el impuesto. La renuncia debe ser ante notario y es irrevocable. Si aceptas la herencia a beneficio de inventario, solo heredas activos hasta cubrir las deudas.

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¿Cuándo caduca el plazo para pagar el impuesto en Aragón?

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El plazo general es de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogable otros 6 meses previa solicitud antes de que venzan los primeros 5 meses. El incumplimiento genera recargos del 5% al 20% más intereses de demora.

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AB

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Ana Beltrá

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Abogada • Especialista en Derecho Fiscal

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Abogada colegiada en el ICAM (nº 98.234) con Máster en Derecho Fiscal por la Universidad Complutense de Madrid. Especializada en herencias, donaciones e impuesto de sucesiones en todas las comunidades autónomas.

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\n ✓ Colegiada ICAM nº 98.234\n ✓ Máster Derecho Fiscal UCM\n

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Actualizado el 29/09/2026 · Sobre el autor →

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? Fuentes consultadas y verificadas

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Aviso legal: Este artículo es informativo y no sustituye al asesoramiento jurídico profesional. La fiscalidad de las herencias varía significativamente según la comunidad autónoma y las circunstancias familiares. Consulta con un abogado o notario antes de tomar decisiones.

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