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Resumen: herencia de 400.000 € en Baleares (2026)
⚖️ El impuesto de herencias en España puede ser casi 0€ o miles de euros — la diferencia es dónde vives
En Madrid o Andalucía, heredar un piso de 300.000€ puede costar menos de 500€. En otras comunidades, miles. En esta guía tienes la calculadora y los datos actualizados de 2026 para saber exactamente qué te toca pagar.
¿Cuánto se paga de impuesto de herencias en España de 400.000€?
El impuesto de sucesiones varía enormemente por comunidad autónoma. En Madrid y Andalucía la bonificación es del 99% para hijos. En Cataluña es del 50%. El plazo de presentación es de 6 meses desde el fallecimiento. Fuente: AEAT, legislación autonómica 2026.
- Herencia bruta: 400.000 €
- Tipo efectivo estimado: 7.0%
- Impuesto aproximado: 28.000 €
- Herencia neta: 372.000 €
- tipo reducido para herederos directos
Heredar 400.000 € en Baleares en 2026 implica pagar aproximadamente 28.000 € en concepto de Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD), asumiendo que eres heredero directo (hijo o cónyuge). Recibirías de forma neta unos 372.000 €.
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Datos actualizados July 2026
En Baleares, la normativa autonómica establece que tipo reducido para herederos directos. Es importante consultar con un asesor fiscal porque el impuesto exacto depende del grado de parentesco, el patrimonio preexistente del heredero y las posibles reducciones aplicables.
Comparativa por comunidad autónoma: herencia de 400.000 €
Madrid y Andalucía
En estas comunidades los descendientes directos pagan prácticamente 0€ en sucesiones gracias a bonificaciones del 99%. Si el fallecido residía allí, la herencia sale casi gratis.
| Comunidad | Tipo efectivo | Impuesto estimado | |
|---|---|---|---|
| Andalucía | 0.0% | 0 € | |
| Canarias | 0.4% | 1.600 € | |
| Madrid | 1.0% | 4.000 € | |
| Murcia | 1.0% | 4.000 € | |
| Galicia | 2.0% | 8.000 € | |
| La Rioja | 2.0% | 8.000 € | |
| Aragó | 3.0% | 12.000 € | |
| Cantabria | 3.0% | 12.000 € | |
| Castilla y Leó | 3.0% | 12.000 € | |
| Navarra | 3.0% | 12.000 € | |
| País Vasco | 4.0% | 16.000 € | |
| Asturias | 5.0% | 20.000 € | |
| Castilla-La Mancha | 5.0% | 20.000 € | Baleares | 7.0% | 28.000 € | ← estás aquí |
| Extremadura | 7.0% | 28.000 € | |
| Valencia | 8.0% | 32.000 € | |
| Cataluña | 12.0% | 48.000 € |
⚖️ Calculadora Impuesto de Herencias 2026
Estima el impuesto de sucesiones por comunidad autónoma
Estimación orientativa. El impuesto real varía según circunstancias personales y CCAA.
Antes de decidir qué hacer con el inmueble heredado, calcula la rentabilidad de alquilarlo frente a venderlo.nn→ Análisis en AlquiloCompra.xyz
Pasos para liquidar el impuesto en Baleares
- Inventario de bienes: Tasación de inmuebles, saldos bancarios, vehículos y otros activos del fallecido
- Declaración: Presentar el modelo 660/650 ante la Agencia Tributaria de Baleares en el plazo de 6 meses desde el fallecimiento (prorrogable otros 6)
- Aplicar reducciones: Por parentesco, vivienda habitual, empresa familiar, seguro de vida, etc.
- Pago o aplazamiento: Se puede pagar a plazos o solicitar aplazamiento si hay inmuebles difíciles de liquidar
Verde = poco impuesto · ? Rojo = más impuesto
Bonificaciones para herederos en Grupo II (hijos). Datos orientativos, legislación 2026. Fuente: AEAT, BOE.
Preguntas frecuentes
Plazo de 6 meses
Tienes 6 meses desde el fallecimiento para liquidar el Impuesto de Sucesiones. Puedes pedir prórroga otros 6 meses, pero solicítala antes de que venzan los primeros 5 meses.
¿Tengo que pagar el impuesto aunque no quiera la herencia?
Si renuncias a la herencia, no pagas el impuesto. La renuncia debe ser ante notario y es irrevocable. Si aceptas la herencia a beneficio de inventario, solo heredas activos hasta cubrir las deudas.
¿Cuándo caduca el plazo para pagar el impuesto en Baleares?
El plazo general es de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogable otros 6 meses previa solicitud antes de que venzan los primeros 5 meses. El incumplimiento genera recargos del 5% al 20% más intereses de demora.
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Ana Beltrá
Abogada especialista en derecho sucesorio
Colegiada ICAM nº 98.234 · Máster Derecho Fiscal UCM · 12 años en herencias
Ana Beltrán es abogada colegiada en el ICAM (Ilustre Colegio de Abogados de Madrid) con Máster en Derecho Fiscal por la UCM. Con 12 años de experiencia en derecho sucesorio, dirige su propio despacho especializado en herencias, testamentos y planificación patrimonial.
? Última revisión: 03 de july de 2026 · Información verificada con fuentes oficiales
Fuentes consultadas y verificadas
- Agencia Tributaria — Impuesto sobre Sucesiones
La AEAT detalla la normativa estatal del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y los modelos de declaración. - Consejo General del Notariado
El notariado español ofrece información oficial sobre el proceso de herencias, testamentos y actos sucesorios. - Registradores de España
El Colegio de Registradores publica datos sobre herencias registradas y estadísticas del mercado inmobiliario.
Aviso legal: Este artículo es informativo y no sustituye al asesoramiento jurídico profesional. La fiscalidad de las herencias varía significativamente según la comunidad autónoma y las circunstancias familiares. Consulta con un abogado o notario antes de tomar decisiones.
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