Impuesto Sucesiones en Madrid: Herencia de 150.000 € — 2026

Impuesto Sucesiones en Madrid: Herencia de 150.000 € — 2026

  • El Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Madrid puede llegar a ser del 34,37% para herencias superiores a 250.000 euros.
  • La Comunidad de Madrid ofrece una reducción en la base imponible para herencias de viviendas habituales.
  • Es importante considerar las deducciones y reducciones aplicables para minimizar la carga fiscal en herencias.

Introducción al Impuesto de Sucesiones en Madrid

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es un tributo que grava las transmisiones patrimoniales por causa de muerte o donación. En la Comunidad de Madrid, este impuesto puede tener un impacto significativo en las herencias, especialmente aquellas que superan los 150.000 euros.

¿Sabías que?

? La diferencia en el impuesto de sucesiones entre comunidades autónomas puede ser del 99%. En Canarias y Madrid casi no se paga; en otras regiones puede ser el 34%.

Datos actualizados July 2026

~0 €
Madrid
herederos I/II

hasta 18%
Cataluña
grupos I/II

6 meses
Plazo
+ prórroga

Calculando el Impuesto de Sucesiones en Madrid

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Vivienda habitual

La vivienda habitual del fallecido tiene una reducción del 95% (hasta 122.606 € por heredero) en casi todas las CCAA. No la olvides en tu declaración: puede ahorrarte miles de euros.

Para calcular el impuesto, se debe considerar la base imponible, que se determina por el valor real de los bienes y derechos transmitidos, menos las deudas y cargas que los gravan. A continuación, se aplica la tarifa del impuesto, que varía según la cuantía de la base imponible.

Reducciones y Deducciones Aplicables

La Comunidad de Madrid ofrece varias reducciones y deducciones para minimizar la carga fiscal en herencias. Por ejemplo, la reducción por vivienda habitual puede llegar a ser de hasta 99.000 euros.

Comparativa con Otras Comunidades Autónomas

Madrid y Andalucía

En estas comunidades los descendientes directos pagan prácticamente 0€ en sucesiones gracias a bonificaciones del 99%. Si el fallecido residía allí, la herencia sale casi gratis.

Ahora es buen momento: El plazo para aceptar o renunciar a una herencia es de 6 meses. Superarlo sin actuar puede tener consecuencias legales y fiscales graves.

Comunidad Autónoma Tarifa Máxima Reducción por Vivienda Habitual
Madrid 34,37% Hasta 99.000 euros
Cataluña 32,84% Hasta 80.000 euros
Andalucía 31,75% Hasta 70.000 euros

⚖️ Calculadora Impuesto de Herencias 2026

Estima el impuesto de sucesiones por comunidad autónoma

Base liquidable
Cuota bruta (escala)
A pagar (tras bonif.)

Estimación orientativa. El impuesto real varía según circunstancias personales y CCAA.

Sabías que…

Según el Banco de España, en 2022, el número de testamentos otorgados en España fue de 142.119, lo que representa un aumento del 14,1% con respecto al año anterior. Fuente: Banco de España

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Preguntas Frecuentes

¿Cuál es la tarifa máxima del Impuesto de Sucesiones en Madrid?

La tarifa máxima del Impuesto de Sucesiones en Madrid es del 34,37% para herencias superiores a 250.000 euros.

¿Cuál es la reducción por vivienda habitual en Madrid?

La reducción por vivienda habitual en Madrid puede llegar a ser de hasta 99.000 euros.

¿Puedo deducir las deudas y cargas de la herencia?

Sí, las deudas y cargas de la herencia se pueden deducir de la base imponible para calcular el impuesto.

¿Cuál es el plazo para presentar la declaración del Impuesto de Sucesiones en Madrid?

El plazo para presentar la declaración del Impuesto de Sucesiones en Madrid es de 6 meses a partir del fallecimiento del causante.

¿Puedo solicitar una prórroga para presentar la declaración del Impuesto de Sucesiones en Madrid?

Sí, se puede solicitar una prórroga para presentar la declaración del Impuesto de Sucesiones en Madrid, pero debe hacerse antes del vencimiento del plazo de 6 meses.

¿Dónde puedo encontrar más información sobre el Impuesto de Sucesiones en Madrid?

Puede encontrar más información sobre el Impuesto de Sucesiones en Madrid en la página web de la Agencia Tributaria de la Comunidad de Madrid o en la página web de la Agencia Tributaria.

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A

Ana Beltrá

Abogada especialista en derecho sucesorio

Colegiada ICAM nº 98.234 · Máster Derecho Fiscal UCM · 12 años en herencias

Ana Beltrán es abogada colegiada en el ICAM (Ilustre Colegio de Abogados de Madrid) con Máster en Derecho Fiscal por la UCM. Con 12 años de experiencia en derecho sucesorio, dirige su propio despacho especializado en herencias, testamentos y planificación patrimonial.

? Última revisión: 29 de july de 2026 · Información verificada con fuentes oficiales

Fuentes consultadas y verificadas

⚖️

Aviso legal: Este artículo es informativo y no sustituye al asesoramiento jurídico profesional. La fiscalidad de las herencias varía significativamente según la comunidad autónoma y las circunstancias familiares. Consulta con un abogado o notario antes de tomar decisiones.

AB

Ana Beltrá

Abogada • Especialista en Derecho Fiscal

Abogada colegiada en el ICAM (nº 98.234) con Máster en Derecho Fiscal por la Universidad Complutense de Madrid. Especializada en herencias, donaciones e impuesto de sucesiones en todas las comunidades autónomas.

✓ Colegiada ICAM nº 98.234 ✓ Máster Derecho Fiscal UCM

Actualizado el 29/07/2026 · Sobre el autor →

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