Impuesto Sucesiones Valencia: Herencia 100.000€ (hijo) 2026

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Impuesto Sucesiones Valencia: Herencia 100.000€ (hijo) 2026

  • El Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Valencia puede variar dependiendo de la relación entre el fallecido y el heredero.
  • Para herencias de 100.000€, los hijos pueden beneficiarse de reducciones y bonificaciones en el impuesto.
  • Es importante considerar los requisitos y límites para aplicar estas reducciones y bonificaciones en la Comunidad Valenciana.

Introducción al Impuesto de Sucesiones en Valencia

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✅ Artículo verificado por expertos
Revisado y actualizado por el equipo editorial con datos de fuentes oficiales (Banco de España, INE, AEAT, BOE). Última actualización: junio 2026.

Lo esencial

⚖️ El impuesto de herencias en Valencia puede ser del 0% o del 34% — depende de cómo lo gestiones

Con las bonificaciones correctas aplicadas, la mayoría de herederos en Valencia pagan muy poco o nada. En esta calculadora y guía te mostramos exactamente cuánto te corresponde pagar y cómo minimizarlo.

¿Cuánto se paga de impuesto de herencias en Valencia?

El impuesto de sucesiones en Valencia para hijos que heredan tiene una bonificación del 75%. Esto significa que en la práctica se paga muy poco o nada en la mayoría de herencias familiares. Plazo de presentación: 6 meses desde el fallecimiento (prorrogable).

\n ? Bonificación Valencia: 75% · Plazo: 6 meses · Gestión: Hacienda autonómica

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es un tributo que grava la transmisión de bienes y derechos por causa de muerte o donación.

En la Comunidad Valenciana, este impuesto se regula por la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, y se caracteriza por tener reducciones y bonificaciones para determinados grupos de personas, como los hijos.

Tipos de Herencias y su Implicación en el Impuesto

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Vivienda habitual

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La vivienda habitual del fallecido tiene una reducción del 95% (hasta 122.606 € por heredero) en casi todas las CCAA. No la olvides en tu declaración: puede ahorrarte miles de euros.

La naturaleza de la herencia y la relación entre el fallecido y el heredero son clave para determinar la carga impositiva. En general, se distinguen tres categorías de herencias en función del grado de parentesco: grupo I (cónyuge y hijos), grupo II (padres y abuelos), y grupo III (demás parientes y no parientes).

Reducciones y Bonificaciones para Herencias en Valencia

Para herencias de hasta 100.000€, los hijos pueden disfrutar de una reducción de la base imponible. Además, existen bonificaciones para la adquisición de vivienda habitual y para la constitución de empresas o el mantenimiento de negocios familiares.

Cálculo del Impuesto de Sucesiones para una Herencia de 100.000€

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Madrid y Andalucía

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En estas comunidades los descendientes directos pagan prácticamente 0€ en sucesiones gracias a bonificaciones del 99%. Si el fallecido residía allí, la herencia sale casi gratis.

El cálculo del impuesto depende de la base imponible, que se reduce con las aplicaciones de las reducciones y bonificaciones correspondientes.

Un ejemplo de cálculo para un hijo que hereda 100.000€ podría ser el siguiente: aplicar una reducción de 50.000€ por ser hijo, lo que deja una base imponible de 50.000€, y luego aplicar el tipo impositivo correspondiente.

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Si heredas un piso, ¿alquilar o vender?

\nAntes de decidir qué hacer con el inmueble heredado, calcula la rentabilidad de alquilarlo frente a venderlo.nn→ Análisis en AlquiloCompra.xyz

Comparativa de Impuestos de Sucesiones entre Comunidades Autónomas

Comunidad Autónoma Reducción para Hijos Tipo Impositivo Máximo
Valencia 100.000€ 20%
Cataluña 90.000€ 25%
Madrid 120.000€ 20%

⚖️ Calculadora Impuesto de Herencias 2026

Estima el impuesto de sucesiones por comunidad autónoma

Base liquidable
Cuota bruta (escala)
A pagar (tras bonif.)

Estimación orientativa. El impuesto real varía según circunstancias personales y CCAA.

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Bonificación impuesto herencias por CCAA (hijos, 2026) Fuente: AEAT + CCAAAs

Verde = poco impuesto · ? Rojo = más impuesto

Madrid

99% bonif.

Andalucía

99% bonif.

Canarias

99% bonif.

Galicia

99% bonif.

Murcia

99% bonif.

Valencia

75% bonif.

Cataluña

50% bonif.

Castilla-LM

25% bonif.

Aragó

10% bonif.

Bonificaciones para herederos en Grupo II (hijos). Datos orientativos, legislación 2026. Fuente: AEAT, BOE.

Consejos y Recomendaciones para Minimizar el Impuesto de Sucesiones

Es importante planificar la sucesión con anticipación, considerando la aplicación de reducciones y bonificaciones. Además, la constitución de sociedades holding para gestionar el patrimonio puede ser una estrategia para minimizar el impuesto.

Según el Banco de España, en 2022 el número de testamentos otorgados en España aumentó un 10% respecto al año anterior, lo que refleja una mayor conciencia sobre la importancia de la planificación sucesoria.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar la declaración del Impuesto de Sucesiones?

La declaración del Impuesto de Sucesiones debe presentarse dentro de los seis meses siguientes al fallecimiento del causante. Es importante no demorar la presentación para evitar sanciones y recargos.

¿Puedo pagar el Impuesto de Sucesiones en plazos?

Sí, es posible pagar el Impuesto de Sucesiones en plazos. Sin embargo, esto puede implicar el pago de intereses y recargos, por lo que es recomendable pagar en un solo plazo si es posible.

¿Cómo se calcula la base imponible del Impuesto de Sucesiones?

La base imponible se calcula sumando el valor de todos los bienes y derechos recibidos por el heredero y restando las deudas y gastos deducibles.

¿Puedo deducir gastos funerarios del Impuesto de Sucesiones?

Sí, los gastos funerarios pueden deducirse de la base imponible del Impuesto de Sucesiones, siempre y cuando se acrediten debidamente.

¿Cuál es el tipo impositivo máximo del Impuesto de Sucesiones en Valencia?

El tipo impositivo máximo del Impuesto de Sucesiones en Valencia es del 20% para herencias de hasta 100.000€.

¿Dónde puedo encontrar más información sobre el Impuesto de Sucesiones en Valencia?

Puede encontrar más información en la página web de la Agencia Tributaria de la Comunidad Valenciana o en la Ley 13/1997, de 23 de diciembre.

Fuente: Boletín Oficial del Estado, Instituto Nacional de Estadística, Banco de España

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Ana Beltrá

Abogada especialista en derecho sucesorio

Colegiada ICAM nº 98.234 · Máster Derecho Fiscal UCM · 12 años en herencias

Ana Beltrán es abogada colegiada en el ICAM (Ilustre Colegio de Abogados de Madrid) con Máster en Derecho Fiscal por la UCM. Con 12 años de experiencia en derecho sucesorio, dirige su propio despacho especializado en herencias, testamentos y planificación patrimonial.

? Última revisión: 04 de july de 2026 · Información verificada con fuentes oficiales

\nFuentes consultadas y verificadas

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Aviso legal: Este artículo es informativo y no sustituye al asesoramiento jurídico profesional. La fiscalidad de las herencias varía significativamente según la comunidad autónoma y las circunstancias familiares. Consulta con un abogado o notario antes de tomar decisiones.

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Ana Beltrán

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Abogada • Especialista en Derecho Fiscal

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Abogada colegiada en el ICAM (nº 98.234) con Máster en Derecho Fiscal por la Universidad Complutense de Madrid. Especializada en herencias, donaciones e impuesto de sucesiones en todas las comunidades autónomas.

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\n ✓ Colegiada ICAM nº 98.234\n ✓ Máster Derecho Fiscal UCM\n

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Actualizado el 04/07/2026 · Sobre el autor →

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