Impuesto Sucesiones en Madrid: Herencia de 500.000 € — 2026

Impuesto Sucesiones en Madrid: Herencia de 500.000 € — 2026

  • El impuesto de sucesiones en Madrid puede variar dependiendo de la relación del causante con el heredero y el valor de la herencia.
  • La Comunidad de Madrid ofrece deducciones y reducciones en el impuesto de sucesiones para determinados supuestos.
  • Es importante consultar con un asesor fiscal para entender las implicaciones fiscales de una herencia en Madrid.

Introducción al Impuesto de Sucesiones en Madrid

El impuesto de sucesiones es un tributo que se aplica a la transmisión de bienes y derechos por causa de muerte. En la Comunidad de Madrid, este impuesto se regula según la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

¿Sabías que?

? La diferencia en el impuesto de sucesiones entre comunidades autónomas puede ser del 99%. En Canarias y Madrid casi no se paga; en otras regiones puede ser el 34%.

Datos actualizados July 2026

~0 €
Madrid
herederos I/II

hasta 18%
Cataluña
grupos I/II

6 meses
Plazo
+ prórroga

Tipos de Herencia y su Implicación Fiscal

Madrid y Andalucía

En estas comunidades los descendientes directos pagan prácticamente 0€ en sucesiones gracias a bonificaciones del 99%. Si el fallecido residía allí, la herencia sale casi gratis.

La herencia puede ser de diferentes tipos, como inmuebles, acciones, bienes muebles, etc. Cada tipo de herencia tiene sus propias implicaciones fiscales. Por ejemplo, la herencia de un inmueble puede estar sujeta a diferentes tipos de impuestos, como el IBI o el impuesto de transmisiones patrimoniales.

Deducciones y Reducciones en el Impuesto de Sucesiones

La Comunidad de Madrid ofrece varias deducciones y reducciones en el impuesto de sucesiones. Por ejemplo, se puede aplicar una reducción del 95% en la base imponible para la transmisión de empresas familiares. Además, existen deducciones por gastos funerarios y otros conceptos.

Cálculo del Impuesto de Sucesiones en Madrid

⚠️

Plazo de 6 meses

Tienes 6 meses desde el fallecimiento para liquidar el Impuesto de Sucesiones. Puedes pedir prórroga otros 6 meses, pero solicítala antes de que venzan los primeros 5 meses.

El cálculo del impuesto de sucesiones en Madrid se realiza según la siguiente fórmula: Impuesto = (Base Imponible – Deducciones) x Tipo de Gravamen. La base imponible se determina según el valor de la herencia, y el tipo de gravamen varía según la relación del causante con el heredero.

Comparativa con Otras Comunidades Autónomas

Ahora es buen momento: El plazo para aceptar o renunciar a una herencia es de 6 meses. Superarlo sin actuar puede tener consecuencias legales y fiscales graves.

Comunidad Autónoma Tipo de Gravame Reducciones y Deducciones
Madrid 7,65% – 34% Reducción del 95% para empresas familiares, deducción por gastos funerarios
Barcelona 7,65% – 34% Reducción del 90% para empresas familiares, deducción por gastos funerarios
Valencia 7,65% – 32% Reducción del 95% para empresas familiares, deducción por gastos funerarios

⚖️ Calculadora Impuesto de Herencias 2026

Estima el impuesto de sucesiones por comunidad autónoma

Base liquidable
Cuota bruta (escala)
A pagar (tras bonif.)

Estimación orientativa. El impuesto real varía según circunstancias personales y CCAA.

Consejos y Recomendaciones para los Herederos

Es importante que los herederos consulten con un asesor fiscal para entender las implicaciones fiscales de la herencia y aprovechar las deducciones y reducciones disponibles. Además, es recomendable que los herederos busquen asesoramiento legal para garantizar que la herencia se distribuya de acuerdo con la ley y los deseos del causante.

Sabías que, según el Banco de España, el impuesto de sucesiones es uno de los impuestos más complejos y con mayor carga administrativa en España. Fuente: Banco de España

¿Quieres asegurarte de que estás tomando la mejor decisión?

Compara todas las opciones disponibles con datos actualizados en 2026

Calcula el impuesto de sucesiones en tu comunidad →

¿Cuál es el plazo para presentar la declaración del impuesto de sucesiones en Madrid?

El plazo para presentar la declaración del impuesto de sucesiones en Madrid es de 6 meses desde la fecha del fallecimiento del causante. Es importante presentar la declaración en tiempo y forma para evitar sanciones y intereses.

¿Cuál es el tipo de gravamen para una herencia de 500.000 € en Madrid?

El tipo de gravamen para una herencia de 500.000 € en Madrid depende de la relación del causante con el heredero.

Si el heredero es un familiar directo, el tipo de gravamen puede ser del 7,65%. Si el heredero es un familiar lejano o un no familiar, el tipo de gravamen puede ser del 34%.

¿Cuál es la reducción para la transmisión de empresas familiares en Madrid?

La reducción para la transmisión de empresas familiares en Madrid es del 95% de la base imponible. Esta reducción se aplica cuando la empresa se transmite a un familiar directo o a un socio de la empresa.

¿Cuál es el procedimiento para reclamar una devolución del impuesto de sucesiones en Madrid?

El procedimiento para reclamar una devolución del impuesto de sucesiones en Madrid es el siguiente: primero, se debe presentar la declaración del impuesto de sucesiones en tiempo y forma. Luego, se debe esperar a que la Administración Tributaria verifique la declaración y devuelva el exceso de impuesto pagado.

¿Cuál es el plazo para reclamar una devolución del impuesto de sucesiones en Madrid?

El plazo para reclamar una devolución del impuesto de sucesiones en Madrid es de 4 años desde la fecha de presentación de la declaración. Es importante reclamar la devolución en tiempo y forma para evitar que se prescriba el derecho a la devolución.

¿Cuál es la sanción por no presentar la declaración del impuesto de sucesiones en Madrid?

La sanción por no presentar la declaración del impuesto de sucesiones en Madrid puede ser del 50% al 150% del impuesto adeudado, dependiendo de la gravedad del incumplimiento. Además, se pueden aplicar intereses de demora y otros recargos.

Fuente: Agencia Tributaria

?

A

Ana Beltrá

Abogada especialista en derecho sucesorio

Colegiada ICAM nº 98.234 · Máster Derecho Fiscal UCM · 12 años en herencias

Ana Beltrán es abogada colegiada en el ICAM (Ilustre Colegio de Abogados de Madrid) con Máster en Derecho Fiscal por la UCM. Con 12 años de experiencia en derecho sucesorio, dirige su propio despacho especializado en herencias, testamentos y planificación patrimonial.

? Última revisión: 31 de july de 2026 · Información verificada con fuentes oficiales

Fuentes consultadas y verificadas

⚖️

Aviso legal: Este artículo es informativo y no sustituye al asesoramiento jurídico profesional. La fiscalidad de las herencias varía significativamente según la comunidad autónoma y las circunstancias familiares. Consulta con un abogado o notario antes de tomar decisiones.

AB

Ana Beltrá

Abogada • Especialista en Derecho Fiscal

Abogada colegiada en el ICAM (nº 98.234) con Máster en Derecho Fiscal por la Universidad Complutense de Madrid. Especializada en herencias, donaciones e impuesto de sucesiones en todas las comunidades autónomas.

✓ Colegiada ICAM nº 98.234 ✓ Máster Derecho Fiscal UCM

Actualizado el 31/07/2026 · Sobre el autor →

? Guía Completa del Impuesto de Sucesiones 2026 — Guía completa con todos los artículos relacionados.

Scroll to Top
Política de Privacidad|Aviso Legal|Política de Cookies|Contacto