Impuesto Sucesiones Por Comunidad Autónoma

Impuesto de sucesiones por comunidad autónoma en 2025

El impuesto de sucesiones puede suponer desde 0 euros hasta más del 34% del valor heredado dependiendo de dónde residas en España. No es un dato menor: dos hermanos que heredan el mismo piso de 300.000 euros pueden pagar cantidades radicalmente distintas si uno vive en Madrid y el otro en Asturias. Este artículo recopila los tipos, bonificaciones y mínimos exentos reales de todas las comunidades autónomas en 2025, con datos verificables del Ministerio de Hacienda y los boletines oficiales autonómicos.


A diferencia de otros artículos que se limitan a decir «depende de la comunidad», aquí encontrarás una tabla comparativa completa con cifras concretas, los casos en que casi no pagarás nada y los en que conviene planificar antes con un notario o asesor fiscal.

🏦 Calculadora de hipoteca — Cuota mensual exacta





Cómo funciona el impuesto de sucesiones en España

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) está cedido a las comunidades autónomas desde 1997. El Estado fija la estructura básica —base imponible, grupos de parentesco y tarifa general— pero cada autonomía puede aplicar reducciones adicionales sobre la base, bonificaciones sobre la cuota y tipos propios. El resultado es que la tributación efectiva varía enormemente según la residencia habitual del fallecido.

Los grupos de parentesco que usa la ley estatal son cuatro:

  • Grupo I: Descendientes menores de 21 años.
  • Grupo II: Descendientes mayores de 21 años, cónyuge, ascendientes.
  • Grupo III: Colaterales de segundo y tercer grado (hermanos, sobrinos, tíos).
  • Grupo IV: Colaterales de cuarto grado y extraños.

La tarifa estatal oscila entre el 7,65% para los primeros 7.993 € y el 34% a partir de 797.555 €. Pero muy pocas personas acaban pagando esos tipos porque las autonomías modifican el resultado casi por completo.

Tabla comparativa del impuesto de sucesiones por comunidad autónoma (2025)

Los datos recogen la bonificación aplicable entre cónyuge e hijos (Grupo II), que es el caso más habitual. Una bonificación del 99% sobre la cuota significa, en la práctica, que el heredero paga un 1% del resultado antes de aplicar esa reducción.

Comunidad AutónomaBonificación Grupo IIReducción base (cónyuge/hijo)Carga efectiva aproximadaPeculiaridades clave
Madrid99% sobre cuota16.000 € (hijos) / 125.000 € (cónyuge)Casi 0 €Bonificación sin límite de base imponible
Andalucía99% sobre cuota1.000.000 € (hijos y cónyuge)Casi 0 € hasta 1 M€Reforma 2022: exención práctica hasta 1 M€
Canarias99,9% sobre cuota55.000 € (hijos) / 40.000 € (cónyuge)Prácticamente 0 €La bonificación más alta de España
Galicia99% (base <1 M€)1.000.000 € (línea directa y cónyuge)Casi 0 € hasta 1 M€Por encima de 1 M€ tributa con tarifa propia
Murcia99% sobre cuota300.000 € (hijos) / 300.000 € (cónyuge)Casi 0 € hasta 300.000 €Aprobado en 2023; límite en base imponible
La Rioja99% sobre cuota500.000 € (hijos) / sin límite cónyugeCasi 0 € en herencias mediasCónyuge: bonificación sin tope de base
Comunidad Valenciana75% sobre cuota (hijos) / 50% (cónyuge)100.000 € (hijos) / 100.000 € (cónyuge)Media-bajaEn revisión parlamentaria en 2025
CataluñaSin bonificación general100.000 € (hijos) / 100.000 € (cónyuge)Media-altaTarifa progresiva propia hasta el 32%
País VascoRegulación foral propia400.000 € (línea directa)Baja para herencias mediasTres territorios con normas distintas (Álava, Bizkaia, Gipuzkoa)
NavarraRégimen foral propio250.000 € (línea directa)Baja para herencias mediasTipo fijo del 0,8% para cónyuge e hijos en Navarra
AsturiasSin bonificación general300.000 € (hijos) / 300.000 € (cónyuge)AltaTipos entre el 21,25% y el 36,5%; de las más gravosas
Extremadura99% sobre cuota175.000 € (hijos) / 175.000 € (cónyuge)Casi 0 € hasta 175.000 €Aprobado en 2023 tras reforma regional
Castilla-La Mancha95% sobre cuota200.000 € (hijos) / 200.000 € (cónyuge)Muy bajaAmpliación aprobada en 2022
Castilla y León99% sobre cuota400.000 € (hijos) / 400.000 € (cónyuge)Casi 0 € hasta 400.000 €Reforma 2023 equipara a las CCAA más bonificadoras
Aragón65% sobre cuota500.000 € (hijos) / 500.000 € (cónyuge)Baja-mediaLa bonificación sube al 70% si la base supera 1 M€
Islas BalearesNo existe bonificación general25.000 € (hijos) / 25.000 € (cónyuge)Media-altaEntre las autonomías con mayor carga real para herencias medianas

Fuentes: Agencia Tributaria (modelo 650), Ministerio de Hacienda — Financiación Autonómica 2025, boletines oficiales autonómicos. Los datos reflejan la normativa vigente en enero de 2025.

Ejemplo de cálculo paso a paso: herencia de 400.000 € en cuatro comunidades

Un hijo único de 45 años hereda de su madre una vivienda valorada en 300.000 € y una cuenta bancaria de 100.000 €. Total: 400.000 €. Veamos cuánto pagaría en distintas autonomías:

Paso 1 — Base imponible: 400.000 € (sin deudas ni cargas en este ejemplo).

Paso 2 — Aplicar reducción autonómica por parentesco (Grupo II):

  • Madrid: reducción estatal 15.956,87 € → base liquidable ≈ 384.044 €
  • Andalucía: reducción de 1.000.000 € → base liquidable = 0 € (exento por completo)
  • Asturias: reducción de 300.000 € → base liquidable = 100.000 €
  • Cataluña: reducción de 100.000 € → base liquidable = 300.000 €

Paso 3 — Aplicar tarifa: Sobre la base liquidable se aplica la tarifa autonómica (o estatal si no hay una propia).

Paso 4 — Cuota íntegra y bonificación:

ComunidadBase liquidableCuota íntegra aprox.BonificaciónCuota final a pagar
Madrid384.044 €~68.000 €99%~680 €
Andalucía0 €0 €0 €
Asturias100.000 €~21.250 €Sin bonificación~21.250 €
Cataluña300.000 €~57.000 €Sin bonificación general~57.000 €

La diferencia entre heredar en Andalucía (0 €) y en Cataluña (~57.000 €) para un patrimonio idéntico supera los 57.000 euros. Este diferencial justifica la planificación previa de la herencia cuando el fallecido aún vive y puede cambiar su residencia habitual con al menos cinco años de antelación, según el criterio establecido por la Agencia Tributaria.

Las comunidades donde casi no se paga: claves del modelo Madrid y Andalucía

Madrid aplica desde 2006 una bonificación del 99% sobre la cuota para el Grupo I y II sin límite de base imponible. Esto significa que, independientemente del valor heredado, el pago efectivo es residual. Un heredero en Madrid que recibe 2.000.000 € pagaría en torno a 4.000-6.000 € frente a los más de 600.000 € que correspondería con la tarifa estatal pura.

Andalucía optó en 2022 por un enfoque diferente: elevar la reducción por parentesco hasta 1.000.000 € por heredero del Grupo II. El resultado práctico es similar al madrileño para el 95% de las herencias andaluzas, porque el patrimonio medio heredado en España se sitúa en torno a los 150.000-200.000 € según datos del INE (Estadística de Transmisiones de Derechos de la Propiedad, 2024).

Canarias va incluso más lejos con una bonificación del 99,9%, lo que deja la cuota efectiva en apenas céntimos en la mayoría de los casos.

Comunidades con mayor carga fiscal: Asturias, Baleares y Cataluña

En el extremo contrario se sitúan Asturias, Islas Baleares y Cataluña, donde la combinación de reducciones bajas y ausencia de bonificaciones generales puede derivar en facturas fiscales significativas.

Asturias aplica una tarifa propia con tramos que van del 21,25% al 36,5% y no tiene bonificación general para hijos. Con una herencia de 400.000 € (descontada la reducción de 300.000 €), la cuota supera los 21.000 €.

En Baleares, la reducción base es de solo 25.000 € por hijo, lo que deja expuesta prácticamente la totalidad de la herencia media. Para un patrimonio de 400.000 €, el pago efectivo puede rondar los 60.000-70.000 € en función del coeficiente multiplicador aplicable al patrimonio preexistente del heredero.

Cataluña dispone de una tarifa propia prog

Leave a Comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll to Top